Política publicación de anuncios o promociones comerciales

IP

1. Principio general
IPSUMTEC no acepta ni promueve anuncios de productos, servicios o marcas comerciales que actúen como patrocinadores de la revista. La independencia editorial y la integridad científica de la publicación priman sobre cualquier interés comercial, conforme a los principios éticos establecidos por el Committee on Publication Ethics (COPE).

2. Divulgación académica y científica
No obstante lo anterior, la revista reconoce el valor de sus páginas como medio de divulgación dentro del entorno académico y científico. En este sentido, podrá destinarse un espacio moderado y claramente delimitado para la difusión de cursos, talleres, congresos, seminarios y demás eventos académicos relacionados directamente con la temática central de la publicación.

3. Criterios de admisión
La inclusión de este tipo de anuncios estará sujeta a los siguientes criterios:

  • Pertinencia temática con el alcance editorial de la revista.
  • Carácter estrictamente académico o científico del evento o actividad promocionada.
  • Ausencia de fines de lucro directo o vínculo con intereses comerciales de terceros.
  • Aprobación previa por parte del Equipo Editorial.

4. Separación editorial
La difusión de estos contenidos se realizará en espacios claramente diferenciados del contenido científico, de manera que no genere confusión respecto a la naturaleza editorial e independiente de los artículos publicados, ni comprometa la imparcialidad de la revista.

Cláusula sobre Conflictos de Interés relacionados con Patrocinios Institucionales

5. Conflictos de interés y patrocinios institucionales
Cuando una institución, universidad, entidad financiadora u organismo público o privado participe en el patrocinio de un número especial, evento o actividad académica difundida en la revista, dicha relación deberá declararse de manera explícita y transparente. Esta declaración incluirá la naturaleza del vínculo (financiamiento, coorganización, aporte logístico, entre otros) y se hará constar en el espacio correspondiente de la publicación.

6. Independencia del proceso editorial
La existencia de un patrocinio institucional no otorgará a la entidad patrocinadora ningún tipo de injerencia sobre el proceso de selección, evaluación por pares o decisión editorial de los manuscritos publicados en la revista. El Equipo Editorial y, en su caso, el equipo ad hoc de editores invitados, conservarán plena autonomía e independencia en la toma de decisiones editoriales, conforme a los principios de integridad científica establecidos por el Committee on Publication Ethics (COPE).

7. Declaración de conflicto de interés de los editores
Los editores invitados, miembros del equipo ad hoc o cualquier miembro del Equipo Editorial que mantenga una relación institucional, laboral, financiera o personal con la entidad patrocinadora deberán declarar dicho conflicto de interés previo a su participación en el proceso editorial. En caso de identificarse un conflicto que comprometa la objetividad del proceso, dicha persona deberá abstenerse de intervenir en las decisiones relacionadas con los manuscritos afectados.

8. Transparencia ante los lectores
Toda información relativa a patrocinios institucionales, financiamiento externo o conflictos de interés declarados será puesta a disposición de los lectores de manera clara y accesible, ya sea en la nota editorial del número especial o en el espacio destinado a la actividad promocionada, garantizando la confianza y credibilidad del proceso editorial ante la comunidad científica.

Última actualización: 30 de julio de 2026. Esta política podrá actualizarse conforme a nuevas prácticas tecnológicas o requisitos institucionales.